TSJ dejó firmes 9 años para un adolescente homicida

TSJ dejó firmes 9 años para un adolescente homicida

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) confirmó la sanción de 9 años de privación de libertad impuesta a un adolescente de 17 años acusado de participar en el asesinato de dos adultos mayores. Tal decisión se refleja en la sentencia número 410 emitida el 12 de junio por la Sala Penal con la firma de sus tres integrantes, las magistradas Eulalia Coromoto Guerrero (relatora), Carmen Marisela Castro y Grisel de los Ángeles López.

Dicho fallo señala que los hechos ocurrieron el 6 de enero de 2023 en el inmueble de las víctimas ubicado en el sector José Félix Ribas, Avenida Libertador, San Félix (Bolívar). En una habitación de esa residencia fueron localizados los cuerpos (amordazados) de Mirla De Los Ángeles Brito Fernández y su esposo Yldebrando Antonio Ortiz Hidalgo, ambos de 58 años.

Los cónyuges eran propietarios de un establecimiento comercial especializado en repuestos y accesorios para vehículos, que se encuentra en la misma residencia familiar que Mirla e Yldebrando. Un vecino escuchó los gritos de la mujer la madrugada del 6 de enero de 2023.

Las investigaciones comenzaron la misma mañana del citado día cuando funcionarios del Cicpc levantaron los cadáveres. La investigación realizada en el inmueble arrojó que faltaban algunos bienes. Los detectives recogieron un vaso presente en la escena del crimen, del que extrajeron las huellas dactilares correspondientes al adolescente, quien fue detenido cuatro días después del doble homicidio.

Debido a esta detención, el Ministerio Público, representado por el fiscal Orlando José Sánchez Guerrero, presentó el 21 de enero de 2023 un escrito formal de acusación contra el adolescente por la presunta comisión de los delitos de homicidio doloso calificado en la ejecución de robo agravado en calidad de coautor.

El juicio contra el adolescente se inició el 5 de junio de 2023 y concluyó el 28 de mayo de 2024, cuando fue declarado penalmente responsable del delito imputado, siendo sancionado con 9 años de privación de libertad, señala el fallo. Esta sanción fue ratificada el 14 de agosto de 2025 por la Corte de Apelaciones en lo Penal de Adolescentes de Bolívar.

Debido a este revés, los abogados defensores del menor interpusieron un recurso de casación que ingresó al Juzgado Penal el 19 de febrero. Los magistrados detectaron que dicho recurso fue interpuesto fuera de los plazos establecidos por la ley, por lo que lo declararon “inadmisible por extemporáneo”.

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