Mintransporte pondrá límite de velocidad en la ciudad y se impondrán otras regulaciones en el país ante una situación que el intendente Galán no ha podido frenar. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Transporte que encabeza María Fernanda Rojas Mantilla, controlará por primera vez motocicletas, bicicletas y patinetas eléctricas en Bogotá y en el resto del territorio nacional, estableciendo reglas claras para la micromovilidad en Colombia. En este sentido, el Ministerio Público ya puso en manos de los ciudadanos, para su observación, la resolución que regula la circulación de este tipo de vehículos eléctricos ligeros de uso personal. Con esta iniciativa, el Ministerio de Transporte busca regular y ordenar el uso de patinetas eléctricas, bicicletas eléctricas y monociclos eléctricos, para que la movilidad en las ciudades del país sea más sostenible, segura y moderna y garantice la protección de la vida y la seguridad vial. En el proyecto, el Ministerio de Transporte establece una serie de requisitos mínimos de seguridad, entre ellos: disponer de sistema de frenado tanto trasero como delantero, luces, elementos reflectantes, señal acústica, limitadores de velocidad y sistemas de protección contra manipulaciones técnicas. Normas mínimas para vehículos sin normas Asimismo, esta histórica normativa establece el uso obligatorio de casco certificado y chaleco reflectante en horas nocturnas, y también contempla la implementación de un sistema de identificación para cada uno de los vehículos de movilidad personal, el cual se realizará a través del RUNT. Esto permitirá identificar y matricular esta clase de vehículos mediante una hoja visible que contendrá la información técnica y un código de identificación único. Según lo manifestado por la Ministra de Transporte María Fernanda Rojas, Colombia requiere reglas muy claras ante una realidad que ya está en las calles de las ciudades del país; Por ello, se pone en la consideración de los ciudadanos una regulación que tiene como objetivo proteger la vida, ordenar la movilidad y avanzar hacia ciudades más sostenibles y seguras. La iniciativa también fija límites de velocidad y condiciones especiales para la circulación, fijando una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora en espacios recreativos y deportivos, y de hasta 40 kilómetros por hora para las bicicletas eléctricas autorizadas fuera del perímetro urbano. Rojas Mantilla aseguró que el objetivo fundamental es contar con la opinión de los ciudadanos, usuarios, autoridades locales y actores viales, teniendo en cuenta que con su participación se busca fortalecer una norma que responda a las nuevas dinámicas de movilidad urbana en el país. Este proyecto se construyó bajo el enfoque de un sistema seguro en relación al Plan Nacional de Seguridad Vial 2022 – 2031, el cual incorpora referentes técnicos internacionales con el objetivo de garantizar mejores condiciones de convivencia y seguridad en las vías. Muchos vehículos, pocos datos De acuerdo con los pocos datos que tiene el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), con estimaciones para Bogotá, se cree que actualmente circulan por la ciudad unas 167.000 motos eléctricas importadas; Sin embargo, el 98% de estos vehículos no están registrados en el RUNT y no cuentan con una placa que los identifique. El número de vehículos de este tipo matriculados es muy reducido: sólo están matriculados unos 1.090 vehículos eléctricos individuales de dos ruedas. Por su parte, las bicicletas eléctricas sí cuentan con una información más completa. Según la Asociación Colombiana de Vehículos Eléctricos, se estima que por Bogotá ruedan más de 20.000 bicicletas eléctricas, además de los vehículos que están adaptados con motor convencional. De acuerdo con la Ley 2486 de 2025, mediante la cual se regula la circulación de vehículos eléctricos ligeros en Colombia, las bicicletas eléctricas que circulan por ciclovías no pueden exceder los 25 kilómetros por hora y solo pueden ser conducidas por personas mayores de 16 años. Los menores de entre 12 y 15 años podrán montarlas únicamente en las rutas ciclistas y acompañados de un adulto. En Bogotá, el Ministerio de Movilidad prohibió el tránsito de estos vehículos eléctricos en las ciclovías de la ciudad hasta que el Ministerio de Transporte emita el reglamento técnico nacional. Quien lo haga podrá ser multado por la Secretaría de Movilidad con más de $600.000 más la inmovilización del vehículo. Navegación de publicaciones



