El Ministerio Público informó este martes sobre los resultados de la investigación penal adelantada, bajo la dirección de un Fiscal Nacional en materia de protección de derechos humanos, sobre la muerte del ciudadano Víctor Hugo Quero Navas, quien se encontraba recluido en el Centro Penitenciario Rodeo I.
Luego de los estudios correspondientes, la entidad explicó en un comunicado que “se evidenció una fecha aproximada de muerte de 10 meses a un año”.
«La autopsia de ley, así como los estudios histológicos, toxicológicos y otras pericias complementarias, permitieron dictaminar que la muerte se produjo por tromboembolismo pulmonar. «No se observaron lesiones traumáticas en el cuerpo», añadió.
En el texto, el Ministerio Público detalló el proceso realizado y destacó que todas las diligencias de investigación del caso se llevaron a cabo de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal y los principios que rigen la investigación de muertes potencialmente ilícitas.
Asimismo, confirmó que, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, continuará velando por el respeto y garantía de los derechos humanos en las cárceles y otros centros de detención del país.
El 7 de mayo, el Ministerio Público anunció el inicio de la investigación penal en relación con la muerte de Quero Navas, indicando que se comisionó a la Fiscalía 80 Nacional con competencia en protección de derechos humanos, con el fin de realizar todas las diligencias correspondientes para esclarecer los hechos.
A continuación se muestra el texto completo del comunicado:
El Ministerio Público informa los resultados de la investigación penal realizada, bajo la dirección de un Fiscal Nacional en materia de protección de derechos humanos, con motivo de la muerte del ciudadano Víctor Hugo Quero Navas, quien se encontraba privado de libertad en el Centro Penitenciario Rodeo I.
El 8 de mayo de 2026 se realizó la exhumación y posterior autopsia del cuerpo por el equipo médico forense adscrito a la Dirección de Apoyo a la Investigación Criminal del Ministerio Público, acompañado por el Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forense (Senamecf), la Defensoría del Pueblo y familiares cercanos del señor Quero Navas, asistido por su abogado de confianza.
Luego de los estudios correspondientes se evidenció una fecha aproximada de muerte de 10 meses a 1 año. La autopsia de ley, así como estudios histológicos, toxicológicos y otras pericias complementarias, permitieron dictaminar que la muerte se produjo por tromboembolismo pulmonar. No se evidenciaron lesiones traumáticas en el cuerpo. En el desarrollo de parte de estas experiencias contamos con el apoyo de establecimientos de salud privados del país.
Para la identificación y determinación de la identidad plena del cadáver, el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), a solicitud del Ministerio Público y de acuerdo con parámetros científicos y estadísticos internacionales, realizó un peritaje genético a una muestra correspondiente a restos de tejido óseo (fémur) del cadáver, así como a una muestra biológica de sangre obtenida de la señora Carmen Teresa Navas.
Como resultado de esta pericia se obtuvo una filiación biológica con una probabilidad estadística estimada del 99,496%, lo que confirma que los restos exhumados corresponden al hijo biológico de la ciudadana Carmen Teresa Navas.
Adicionalmente, en el marco de la investigación penal se recabaron múltiples elementos de convicción a través de inspecciones técnicas y fijaciones fotográficas de los lugares relacionados con el hecho, actas de entrevista, levantamiento planimétrico, reconstrucción especializada de los hechos, pericia de extracción de contenidos de registros fílmicos, levantamiento de historia clínica, entre otros.
Todas las diligencias de investigación del presente caso se llevaron a cabo de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal y los principios que rigen la investigación de muertes potencialmente ilícitas.
El Ministerio Público confirma que, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, continuará velando por el respeto y garantía de los derechos humanos en las cárceles y otros centros de detención del país.
Caracas, 2 de junio de 2026





