La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) confirmó la pena de 30 años de prisión impuesta a Justo Ramón Castillo Forero (50), de nacionalidad colombiana, quien fue declarado culpable del delito de tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en su forma de ocultamiento y transporte.
Tal decisión se refleja en el fallo N° 114 de la Sala Penal, redactado por la jueza Carmen Marisela Castro y avalado por sus colegas Elsa Gómez y Maikel Moreno.
Los hechos explicados en dicha sentencia ocurrieron el 23 de abril de 2024 en el río Atabapo, sector Guarinuma, parroquia Caname, municipio de Atabapo (San Fernando de Atabapo), Amazonas.
Agentes de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) realizaban un patrullaje fluvial en el mencionado sector y allí, precisamente, fue abordada una embarcación ocupada por Justo Ramón Castillo Forero (50) y Efrén Benito Busto, ambos de nacionalidad colombiana.
Los militares preguntaron a los lancheros si poseían algún objeto de interés criminalístico y estos respondieron que transportaban droga, dice el relato incluido en el fallo de la Sala Penal.
Ante esta confesión, los militares inspeccionaron la embarcación, donde localizaron en compartimentos ocultos los 133 paneles de marihuana que sumaban 98 kilos.
Por ello, los dos colombianos fueron detenidos y entregados al Ministerio Público, cuyos representantes los acusaron de la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas agravado en la modalidad de encubrimiento y transporte y asociación para delinquir. Posteriormente, el 10 de julio de 2024 se solicitó la apertura de juicio para Castillo y Busto, según la acusación presentada por los representantes de la Fiscalía 8° del Ministerio Público con competencia en materia contra drogas, extorsión y secuestro, lavado de activos, delitos financieros y económicos del Distrito Judicial del estado de Amazonas.
Al mes de presentada la acusación, específicamente el 3 de julio de 2024, Eliezer Fuenmayor, 4° Defensor Público Penal Ordinario, actuando en su calidad de defensor público de los colombianos imputados, respondió a la citada acusación y solicitó “que se decrete el sobreseimiento o, en su defecto, una medida cautelar en sustitución de la libertad”.
El 9 de julio de 2024 se llevó a cabo la audiencia preliminar ante el Juzgado 3° de Control de Amazonas, acto en el que Efrén Benito Busto admitió su participación en los hechos y, en consecuencia, fue condenado a 8 años y 8 meses de prisión. Sin embargo, Castillo no admitió y fue enviado a juicio, dice el fallo.
Recurso desestimado
El 10 de octubre de 2024, luego de varios aplazamientos, se inició el juicio contra Justo Ramón Castillo Forero ante el Juzgado 2 de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado de Amazonas, con sede en Puerto Ayacucho, el cual finalizó el 22 de noviembre de 2024, día en que se anunció la condena del sujeto a la pena máxima.
Para apelar esta sentencia, Castillo Forero contrató abogados privados, quienes lo acompañaron en ese proceso, que culminó el 28 de mayo de 2025 cuando la Corte de Apelaciones de Amazonas confirmó la sentencia de 30 años de prisión. Con este resultado, los defensores de Castillo acudieron al TSJ, donde la Sala Penal también rechazó el recurso y ratificó la condena.





